Todo lo que necesitas saber sobre el nuevo etiquetado en México

En julio de 2019 se presentó  la iniciativa para modificar la Ley General de Salud en materia de etiquetado, que fue aprobada posteriormente por el Senado de la República, y publicada en el Diario Oficial de la Federación en noviembre del mismo año.

Esta modificación estableció que el etiquetado en México tiene que ser un etiquetado frontal de advertencia que informe de forma veraz, clara, rápida y simple sobre el contenido de los nutrimentos críticos y demás ingredientes que determine la autoridad sanitaria.

Las nuevas etiquetas serán de forma octagonal.

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Cuando entra en vigor el nuevo etiquetado de alimentos

El objetivo de esta norma es brindar al consumidor final información comercial y sanitaria sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan un riesgo para la salud en los productos preenvasados.

Esto, por medio de un etiquetado claro, veraz y fácil de entender.

Este etiquetado será aplicado a productos de producción nacional o extranjera que se comercialicen en México.

La Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 (NOM-051) sobre el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, entrará en vigor el 1 de octubre de este año y que puede consultarse aquí: https://www.dof.gob.mx/2020/SEECO/NOM_051.pdf

En que consiste el nuevo etiquetado en México

Constará de cinco sellos cuando un producto tenga exceso de calorías, sodio, grasas trans, azúcares y grasas saturadas.

La cantidad de estos nutrimentos en los productos se limitará con base en el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), cuando excedan la cantidad de azúcares, grasas saturadas, grasas trans, sodio y calorías. Estos criterios nutrimentales se implementarán de forma gradual mediante tres fases.

Y dos leyendas precautorias, la primera para productos que contengan edulcorantes y la segunda para aquellos con cafeína, para evitar que niñas y niños los consuman.

Diferencias entre el viejo y el nuevo etiquetado

Tabla nutrimental y lista de ingredientes: Además, en la tabla nutrimental ya podrás conocer cuál es la cantidad de azúcares añadidos, para conocer la cantidad exacta de azúcares agregados al producto en el proceso de fabricación.

Asimismo, el contenido nutrimental se reportará en porciones de 100 g o 100 ml, para facilitar la comparación entre productos.

La lista de ingredientes se mantiene y se agruparán todas las fuentes de azúcares que contengan los productos.

Declaraciones nutrimentales: Se regula la proporción del tamaño que indica las declaraciones nutrimentales.

Regula el uso de avales: Si un producto contiene sellos de advertencia no podrá contar con el respaldo de asociaciones médicas.

Elementos persuasivos: La norma estipula que los productos que contengan uno o más sellos de advertencia, así como leyendas precautorias, no podrán contener ninguna estrategia publicitaria, como el uso en el empaque de personajes, dibujos animados, etcétera.

¡Aunque los productos sean pequeños no estarán exentos de las advertencias!

Una de las estrategias de la industria de alimentos y bebidas para evitar las regulaciones, como la de alimentos y bebidas en las escuelas, ha sido la de producir empaques “mini”, también conocidos como “mini chatarra”.

Con las modificaciones al etiquetado, los productos de tamaños pequeños se utilizarán octágonos negros, con el número que indique la cantidad de sellos.

Fases de la aplicación del nuevo etiquetado

El nuevo etiquetado ha sido reconocido y celebrado por instituciones y organismos nacionales e internacionales, como las agencias de Naciones Unidas (OPS/OMS, Unicef y FAO), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), del Sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), los institutos nacionales de salud, la UNAM, IPN, UAM, las Secretarías de Economía y Salud, y organismos internacionales, como World Obesity Federation, World Cancer Research Fund y NCD Alliance.

Con información de El Poder del Consumidor.

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